Ley de Reyes (64): Responsabilidades de Organizaciones

Las federaciones deportivas, las asociaciones, los clubes, las agrupaciones y todo ente de carácter y promoción deportiva deberán asumir su responsa­bilidad para que su gestión, administración e infor­mación se ajuste a los criterios de deportividad, de respeto a las normas y reglas de juego, a los ri­vales y a los deportistas y procurarán que su ac­tuación pública haga gala de esos valores. Más detalles referidos a las responsabilidades de las organizaciones, en los conceptos de Luis Reyes Catalán, profesor FIRS.

-Profesor, ¿qué podemos decir sobre las organizaciones vinculadas con el hockey-patín?

“Por de pronto, éstas deberán asumir su responsabilidad con las empre­sas y sociedades que participan en actividades co­merciales, de marketing y de patrocinio de artículos deportivos.

“En específico, deberán asumir las siguientes responsabilidades: primero, formar y fortalecer directivas claras en las que se definan los comportamientos conformes a la ética. También, procurar que se implante un sistema de estímulos ajustados en todas las modalidades y niveles de la participación; además de sensibilizar a la opinión pública den­tro de su esfera de influencia respecto al concepto de la deportividad mediante campañas, recompen­sas, material didáctico y ofertas de formación.

“Segundo, supervisar estrechamente la marcha de estas actividades y evaluar sus efectos; implantar sistemas que, ade­más del éxito en la competición, recompensen el ejercicio de la deportividad, y el desarrollo perso­nal; prestar apoyo y ayuda a quienes fomenten la buena conducta deportiva, ya sean deportistas, técnicos, dirigentes de clubes, asociaciones o federaciones.

“Y tercero, en cuanto a la responsabilidad para con los jóvenes, las organizaciones deportivas deberán velar porque las estructuras participativas prevean las necesida­des específicas de los adolescentes y de los niños en crecimiento, permitiendo su participación en dis­tintos niveles, desde la actividad recreativa hasta la alta competición; apoyar la modificación de los re­glamentos con objeto de poner de relieve no sólo el éxito competitivo, sino también el concepto de de­portividad; procurar que todos los miembros o afilia­dos a su organización que asuman responsabilida­des respecto a los jóvenes y adolescentes atesoren la cualificación necesaria para su orientación, for­mación y educación, infundiéndoles los conceptos de deportividad y respeto al rival”.

-¿Y cuáles son las responsabilidades de deportistas, técnicos y dirigentes del hockey?

“Por su especial protagonismo público y por el eco que sus actuaciones tienen en los medios de comunica­ción, los deportistas, técnicos y dirigentes deportivos del juego del hockey sobre patines, deberán observar en su comportamiento individual, fundamentalmente, las siguientes conductas y respon­sabilidades:

“Primero, acreditar un comportamiento ejemplar que sirva de modelo a todos los demás actores del mundo del deporte, en especial a los niños y adolescentes; re­probar las actitudes favorables a la violencia; adop­tar personalmente una actitud contraria a la desleal­tad de terceros y reconvenir aquellos comporta­mientos que acrediten insolidaridad o adulteración de la competición.

“Segundo, los deportistas, técnicos y dirigentes de este deporte respetarán las decisiones de los jueces deportivos, aceptando sus resoluciones y ejerciendo su legítimo derecho a los recursos que establezca la legis­lación vigente,  los deportistas y los dirigentes de­portivos deberán velar porque la expresión de su queja se ajuste a normas generalmente aceptadas de corrección, presuponiendo la respetabilidad y la buena fe de sus jueces y que en específico están establecidas en el reglamento del hockey sobre patines.

“Finalmente, los deportistas, técnicos y dirigentes de este deporte deberán acreditar que la deportividad y el respeto a las Reglas del juego están por encima de sus in­tereses, y que tanto en la victoria como en la derro­ta, tanto en éxito como en la decepción, su com­portamiento público se ajuste a los principios de respeto al adversario, y de expresión de legítimo orgullo sin menoscabo del rival”.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *