Ley de Reyes (73): Conductas Antideportivas

Siempre detrás de una decisión, hay una situación que amerita dicho acto ya sea de carácter regular o de carácter irregular. En el plano de la competencia deportiva, generalmente, son los árbitros que deben controlar las conductas antideportivas en el encuentro que se está dirigiendo. Vamos a analizar la toma de decisiones de una forma totalmente racional sobre las conductas antideportivas teniendo como base la ética personal. Los conceptos, como siempre, pertenecen a Luis Reyes Catalán, profesor FIRS.

-Profesor, ¿cómo deben encarnar los árbitros el papel de sancionar situaciones antideportivas?

“Para poder controlar conductas el árbitro tiene que presentar principalmente el derecho de hacerlo, teniendo una buena conducta “para poder sancionar conductas antideportivas tengo que demostrar conducta irreprochable”, si no se cae en el dicho “con que moral lo hace”.

“La conducta del árbitro debe ser ética, justa, honesta y basada en principios. Para asegurar que su conducta como juez es ética debe respetar los siguientes códigos:

“1.-Mantenga su código de ética como persona.

“2.- Vuélvase consciente de sus valores de árbitro.

“3.-Desarrolle su propio código de ética de arbitraje.

“4.- Desarrolle su propio código de conducta como árbitro.

“La conducta antideportiva es comportamiento incorrecto que puede afectar la seguridad, competitividad, diversión o integridad de un torneo de manera significativa.

-¿Cómo se puede definir la conducta antideportiva?

“La conducta antideportiva no es lo mismo que la falta de conducta deportiva, hay mucho lugar para comportamiento “competitivo” que ciertamente no es “agradable” ni “deportivo” pero que aun así no califica como “antideportivo”.

“Esta es una definición general de lo que constituye “Conducta Antideportiva”, y es bastante amplia, algunos de ustedes podrían pensar que cubre muchas cosas que las que habrían de esperar, pero hay que tener en cuenta que todas estas cosas son vitales para poder proporcionar una buena experiencia dentro de un partido de hockey, los árbitros necesitan estar alerta a las cosas que puedan crear una experiencia negativa para los jugadores, y tratar con ellas de la forma apropiada.

“Es importante hacer esta aclaración, si un jugador no está siendo agradable con el árbitro, eso no quiere decir necesariamente que esté siendo antideportivo, por ejemplo, no se le pide que diga “Buen juego” después de ser aplastado, no tiene que dar la mano si lo derribaron, o gracias Sr. Arbitro por cobrar a favor mío, etc.  “Ninguna de estas acciones constituyen una Conducta Antideportiva, los jugadores tienen permitido tener “cara de juego.”

“Algunas veces los jugadores no se dan cuenta que su comportamiento es incorrecto dentro de un partido, están envueltos en sus preocupaciones, por ese motivo es que los árbitros tienen que hacerles saber que lo que están haciendo está causando un problema, y si existe un jugador que está enfadado, asignarle una penalización en este momento probablemente hará que las cosas empeoren.

“Ocurre generalmente cuando un jugador  toma una disposición negativa contra el arbitraje haciendo, gestos desaprobatorios  y reclamando  en forma reiterada y que va taladrando al interior del árbitro una situación de incomprensión de su autoridad que podría  transformarse en un desquite  y no en una acción disciplinaria acertada.

“Por lo tanto los árbitros deberían informar  o amonestar al jugador que su conducta está siendo incorrecta, (una ayuda de reglamento para tomar  decisiones era   la tarjeta amarilla que prácticamente ha sido cambiada con la amonestación verbal) se espera que el jugador corrija esa situación y comportamiento inmediatamente. Sin embargo, deben asegurarse de que el jugador entienda que la severidad de sus acciones es importante, los árbitros deben focalizarse primero en calmar la situación y luego en asignar infracciones y penalizaciones más fuertes.

Los árbitros de pista  pueden decidir asignar una penalización por Conducta Antideportiva, pero los jugadores pueden apelar a esta resolución, tal como con muchas otras secciones de este documento, sin embargo es el Juez Principal  la autoridad final cuando se trata de determinar si algo es o no una Conducta Antideportiva, también es necesario obtener el consentimiento/la aprobación del Juez Principal antes de asignar una infracción con una penalización de Pérdida de Juego o mayor, y si es una Descalificación, el Juez Principal debería ser quien la asigna.

“Los árbitros al tomar decisiones tiene que conocer las posibles consecuencias de su determinación, así mismo tener claros todos los criterios y ser orientados a un objetivo: 

Cuando se toman decisiones no deben existir conflictos acerca del objetivo final”,  el lograr los fines es lo que motiva que se tenga  que decidir la solución que más se ajusta a las necesidades concretas que determinan un buen comportamiento de los deportistas dentro de una pista de juego, respetando el  reglamento establecido y con un resultado justo y real enmarcado en los comportamientos éticos para los cuales han sido preparados para controlar”.

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